Fecha de Publicación: 20/03/1973
Página: 641-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 48

   El Escalafón del Código Bg del Inciso 3 "Ministerio de Defensa Nacional", se integra al Código Bf con los derechos, obligaciones y con las siguientes equiparaciones militares (sueldos y compensaciones):

  Escala jerárquica y grados   Remuneración equivalente a 
                                           la de:

Capitán Inspector PNN              Capitán de Fragata
Mayor PNN                          Capitán de Corbeta
Capitán PNN                        Teniente de Navío
Teniente 1° PNN                    Alférez de Navío
Teniente 2° PNN                    Guardia Marina
Sub-Oficial de Cargo PNN           Sub-Oficial de Cargo
Sub-Oficial de 1ra. PNN            Sub-Oficial de 1ra.
Sub-Oficial de 2da. PNN            Sub-Oficial de 2da.
Cabo de 1ra. Clase PNN             Cabo de 1ra. Clase
Cabo de 2da. Clase PNN             Cabo de 2da. Clase
Marinero de 1ra. Clase PNN         Marinero de 1ra. Clase
Marinero de 2da. Clase PNN         Marinero de 2da. Clase
Aspirante PNN                      Aspirante
Aprendiz PNN                       Aprendiz

   Los Escalafones A y B continúan separados.

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