Fecha de Publicación: 20/03/1973
Página: 641-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 715

   Autorízase al Poder Ejecutivo a adquirir e incorporar a la Armada 
Nacional, tres Destructores Escoltas en reemplazo de unidades que por su edad y estado del material resulten obsoletas.

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