Fecha de Publicación: 02/12/1985
Página: 291-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fe de erratas publicada/s: 03/01/1986.

Artículo 32

   Contra las resoluciones de la Comisión Especial sólo cabrá el recurso
de revocación. Resuelto éste, quedará agotada la vía administrativa
(artículo 319 de la Constitución de la República). 
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