Fecha de Publicación: 21/04/1986
Página: 149-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 411

   Las dotaciones presupuestales de los funcionarios de la Procuraduría del Estado en lo Contencioso Administrativo serán equivalentes a las que
correspondan a los funcionarios de la Suprema Corte de Justicia, en la
siguiente forma:
   a) El Secretario Letrado y los Abogados Adjuntos estarán equiparados a
      los Secretarios Letrados.
   b) Las dotaciones de los funcionarios administrativos y de servicios
      auxiliares serán las que se concedan a los titulares de los cargos 
      de igual o semejante denominación, grado y jerarquía.
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