Asígnase al "Plan Nacional de Desarrollo para Obras Públicas
Municipales" que atiende el Estado, las partidas y destinos siguientes:
A) "Obras Municipales (Rentas Generales)", las cantidades de
N$ 155:949.000 (nuevos pesos ciento cincuenta y cinco millones
novencientos cuarenta y nueve mil), para la ejecución de obras de
arquitectura y pavimentación urbana en las Intendencias Municipales
del Interior en el año 1987 e igual cantidad para 1988, y
N$ 107:215.000 (nuevos pesos ciento siete millones doscientos quince
mil) para la ejecución de obras de agua potable y saneamiento por
Obras Sanitarias del Estado (OSE), en las Intendencias Municipales
del Interior, en el año 1987.
B) "Obras Municipales (Endeudamiento Externo)", la cantidad de
N$ 623:795.000 (nuevos pesos seiscientos veintitrés millones
setecientos noventa y cinco mil), para la ejecución de obras de
arquitectura y pavimentación urbana en las Intendencias Municipales
del interior, en el año 1987 e igual cantidad para 1988 y
N$ 428:905.000 (nuevos pesos cuatrocientos veintiocho millones
novecientos cinco mil), para la ejecución de obras de agua potable y
saneamiento por Obras Sanitarias del Estado (OSE), en las
Intendencias Municipales del interior, en el año 1987.
Las partidas con cargo a Rentas Generales y Endeudamiento Externo,
serán administradas por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Estas partidas se ajustarán en el mismo porcentaje y oportunidad en que
se aplique por parte del Poder Ejecutivo, la facultad prevista por el
artículo 82 de la ley 15.809, de 8 de abril de 1986.