El actual régimen de encargado de unidad y de sector de la Dirección
General Impositiva, se mantendrá hasta el 31 de diciembre de 1988.
A partir de esa fecha los encargados de unidades sólo podrán ser
funcionarios del grado superior del escalafón y serie correspondiente y
los encargados de sector sólo podrán ser funcionarios de los dos grados
superiores del escalafón y serie correspondiente.