Sustitúyense los literales A) y B), del inciso segundo del artículo 11
del Título 10 del Texto Ordenado 1987, por los siguientes:
"A) El Impuesto al Valor Agregado correspondiente a las adquisiciones
referidas en el inciso tercero del artículo anterior, en la forma
prevista en los incisos segundo y tercero del literal B), del
artículo 9º.
B) El impuesto pagado al importar los bienes referidos en el literal
anterior, en la forma allí prevista".