Fecha de Publicación: 18/11/1987
Página: 337-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 562

   El control externo de eficiencia estará a cargo del Tribunal de
Cuentas, a cuyo efecto y sin perjuicio de las medidas que el mismo 
adopte, las contadurías y unidades ejecutoras deberán remitirle copia de
la información a que refiere el artículo anterior. 

                              TITULO IV

               DE LA RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE 

                        EJECUCION PRESUPUESTAL
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