Fecha de Publicación: 07/01/1988
Página: 75-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 11/03/1988.

Artículo 31

   El producido de las prestaciones pecuniarias obtenidas por la 
Dirección de Zonas Francas de parte de los usuarios se destinará al mejoramiento de los servicios, promoción y publicidad y a obras para el desarrollo y mejoras de las mismas.  
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