Fecha de Publicación: 07/01/1988
Página: 75-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 11/03/1988.

Artículo 6

   Créase una Comisión Honoraria Asesora en materia de Zonas Francas
integrada por cinco miembros, designados de la siguiente forma:

  A) Uno por el Poder Ejecutivo, que presidirá.
  B) Los cuatro restantes serán elegidos por los integrantes del
     Directorio de la Corporación Nacional para el Desarrollo que
     representen al Estado, los cuales, a estos efectos, se constituirán
     en órgano elector y su decisión deberá ser adoptada con un mínimo de
     cuatro votos conformes. Conjuntamente con la designación de los
     titulares, se designará por los mismos procedimientos igual número 
     de suplentes respectivos.
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