PODER EJECUTIVO
Las hojas destinadas a la expresión de voluntad de los inscriptos habilitados para votar en el acto de referéndum serán impresas y suministradas a las Comisiones Receptoras por la Corte Electoral. Sin perjuicio de ello, los Partidos Políticos podrán solicitar a su costo, cantidades razonables de dichas hojas, hasta veinte días antes de la votación.Ayuda