MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
(Situaciones especiales). En caso de concordato, moratoria o liquidación judicial, la acción será resuelta y entablada por los interventores o síndicos designados en los respectivos trámites y en su defecto, por los acreedores individualmente. SUB-SECCION XI Del control de las sociedades anónimas 1.- De la fiscalización privadaAyuda