(Visación de estados contables). Las sociedades anónimas abiertas
estarán obligadas a publicar los estados contables anuales aprobados por
sus asambleas, previa visación del órgano estatal de control. A tales
efectos, éste podrá examinar la contabilidad y documentación sociales.
Los estados se presentarán dentro del plazo de treinta días de la
clausura de la asamblea que los haya aprobado y se publicarán dentro de
los treinta días de la visación.