Fecha de Publicación: 01/11/1989
Página: 112-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 86

   (Nombramiento, cese y revocación de los administradores y
representantes. Comunicación). Todo nombramiento de administrador o
representante por acto distinto del contrato social, así como su cese o
revocación deberá comunicarse al Registro Público de Comercio para su
incorporación al legajo de la sociedad. 

                              SECCION X

                 De la documentación y contabilidad
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