Suspéndanse los descuentos de días de licencia anual que quedaren
pendientes de la aplicación del artículo 27 del decreto ley 14,416. de 28
de agosto de 1975.
Sala de Sesiones de la Asamblea General, en Montevideo, a 8 de enero de 1990.- Enrique E. Tarigo, Presidente.- Mario Farachio, Secretario.
Ministerio del Interior
Ministerio de Relaciones EXteriores
Ministerio de Economía y Finanzas
Ministerio de Defensa Nacional
Ministerio de Educación y Cultura
Ministerio de Transporte y Obras Públicas
Ministerio de Industria y Energía
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Ministerio de Salud Pública
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
Ministerio de Turismo
Montevideo, 23 de enero de 1990
Cúmplase, acúsase recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.-