Fecha de Publicación: 03/04/1990
Página: 14-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 29/05/1990.

Artículo 27

   Encomiéndese al Poder Ejecutivo adoptar las acciones adecuadas que
permitan reducir rápidamente las erogaciones estatales.
   Encomiéndasele, asimismo, que cuando la situación del erario lo
permita, proponga prioritariamente al Poder Legislativo la disminución de
las tasas de los aportes patronales y del impuesto a las retribuciones
personales.
   El 30 de marzo de 1991, el Poder Ejecutivo informará a la Asamblea
General acerca de los resultados obtenidos en tales sentidos.
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