Ley 16.112
Crea Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y fija sus competencias.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General
DECRETAN:
Artículo 1
Créase el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento territorial y
Medio Ambiente, que tendrá competencia sobre las materias indicadas.
LACALLE HERRERA.- JUAN ANDRES RAMIREZ.- HECTOR GROS ESPIELL.- ENRIQUE
BRAGA SILVA.- MARIANO R. BRITO.- GUILLERMO GARCIA COSTA.- WILSON ELSO
GOÑI.- AUGUSTO MONTESDEOCA.- CARLOS A. CAT.- ALFREDO SOLARI.- ALVARO
RAMOS.- JOSE VILLAR GOMEZ.