El funcionario incluido en la nómina de personal a redistribuir deberá
continuar trabajando en el organismo donde ha sido declarado excedente, o
permanecer a la orden en caso de suspensión o supresión del servicio,
hasta que comience a prestar funciones en su nuevo destino.
La Oficina Nacional del Servicio Civil instrumentará los mecanismos
necesarios para que el funcionario pase a desempeñar tareas en el
organismo que ha aceptado sus servicios, previamente a la resolución de
incorporación.