Una vez resuelta la incorporación, el cargo o función redistribuido y
su dotación, deberán ser suprimidos en la repartición de origen, y se
habilitarán en la de destino. La inclusión del funcionario en la
respectiva planilla presupuestal de destino, deberá efectuarse en el
término de sesenta días a partir de la aprobación del acto administrativo
de incorporación.
A los efectos indicados precedentemente, la Contaduria General de la
Nación y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto aplicarán en su caso los
mecanismos presupuestales pertinentes.