Fecha de Publicación: 06/11/1991
Página: 320-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 96

   El Poder Ejecutivo podrá disponer, por decreto fundado en acuerdo con
el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Defensa Nacional,
las modificaciones necesarias para racionalizar las estructuras de cargos
del escalafón A, Técnico Profesional en las series de Contador, 
Arquitecto y Médico Veterinario de las unidades ejecutoras, de acuerdo a las normas establecidas en el mismo.
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