La Capitanía del Puerto de Montevideo, para el cumplimiento de sus
funciones se comunicará directamente con todos los órganos u organismos
relacionados con las diversas actividades portuarias, los que deberán
prestarle toda la colaboración y cooperación que aquélla les solicite.
La Administración Nacional de Puertos y las demás instituciones y
organismos públicos intervinientes en la operativa portuaria, facilitarán
a la referida autoridad todos los recursos humanos y materiales que sean
necesarios para el mejor cumplimiento de sus cometidos y funciones.