Fecha de Publicación: 17/11/1992
Página: 1272-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 285

   Autorízase a la Comisión Nacional de Educación Física a conceder hasta
veinticinco becas simultáneas, a favor de los egresados mejor calificados
de los cursos del Instituto Superior de Educación Física, para cumplir
funciones, en el interior de la República a razón de no más de cuatro por
departamento.

  Dichos becarios percibirán una retribución equivalente a la de Profesor
de Educación Física grado 1 y no podrán permanecer en dicho régimen por un
plazo mayor de tres años, no prorrogable.

  La Contaduría General de la Nación habilitará el crédito correspondiente
en el rubro 7 "Subsidios y otras Transferencias".
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