MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Fe de erratas publicada/s: 08/03/1993.
El Poder Ejecutivo, a propuesta de la Comisión Honoraria Administradora, reglamentará la presente ley en un plazo de noventa días. Las disposiciones que hacen referencia a la atención de pacientes en el exterior comenzarán a regir a los ciento ochenta días de aprobada la reglamentación respectiva.Ayuda