MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 30/05/1995.
(Utilidades). Después de completadas las transferencias a reservas previstas en el artículo precedente, el resto de las utilidades netas del ejercicio se acreditará a la cuenta Tesoro Nacional del Poder Ejecutivo, pudiendo compensar débitos impagos de este último con el Banco.Ayuda