MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 30/05/1995.
(Garantía del Estado). Todas las obligaciones del Banco gozarán de la garantía del Estado. El Banco Central del Uruguay estará exento de toda clase de tributos nacionales, exceptuadas las contribuciones de seguridad social aun de aquellas previstas en leyes especiales. CAPITULO II ATRIBUCIONES PRINCIPALESAyuda