Fecha de Publicación: 28/02/1997
Página: 1177-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 3

  El Instituto Nacional de Semillas tendrá los siguientes objetivos:
 A) Fomentar la producción y el uso de la mejor semilla con identidad y
calidad superior comprobada, estimulando el desarrollo de la industria
semillerista nacional.
 B) Apoyar la obtención y el uso de nuevos materiales fitogenéticos
nacionales así como el de aquéllos de origen extranjero que se adecuen a
las condiciones del país.
 C) Proteger las creaciones y los descubrimientos fitogenéticos, otorgando
los títulos de propiedad que correspondan.
 D) Impulsar la exportación de semillas.
 E) Fiscalizar el cumplimiento de la normativa legal en la materia.
 F) Proponer el dictado de normas sobre producción, certificación,
comercialización, exportación e importación de semillas así como sobre la
protección de las creaciones y los descubrimientos fitogenéticos.
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