Fecha de Publicación: 28/02/1997
Página: 1177-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 36

   Los análisis y términos analíticos usados estarán de acuerdo con las reglas internacionales para ensayos de semillas de la Asociación Internacional de Análisis de Semillas y las normas sustitutivas o ampliatorias que dicte el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a propuesta del Instituto Nacional de Semillas.
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