MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
La inscripción en el Registro podrá revocarse: 1) Si se comprobara que el cultivar ha perdido las condiciones en base a las cuales fue inscripto. 2) Por falta de pago del arancel anual en el Registro Nacional de Cultivares mediando un período de tres meses desde el reclamo fehaciente de pago.Ayuda