Fecha de Publicación: 28/02/1997
Página: 1177-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 55

    Toda semilla que se desee importar deberá venir acompañada de los certificados de origen y fitosanitario, así como de la información y de los rótulos que la reglamentación establezca.
Ayuda