MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
El plazo de validez del título de propiedad regirá a partir del momento de su expedición provisorio, y no podrá ser menor de quince años ni mayor de veinte años de acuerdo con la especie considerada y según lo que establezca la reglamentación. CAPITULO VIII Trato nacional y derecho de prioridadAyuda