Fecha de Publicación: 10/10/1997
Página: 69-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Fe de erratas publicada/s: 16/10/1997.

Artículo 100

   (Derogaciones).- Deróganse la Ley Nº 2.627, de 28 de marzo de 1900; el artículo 100 de la Ley Nº 13.420, de 2 de diciembre de 1965; el decreto-ley Nº 15.514, de 29 de diciembre de 1983; el artículo 11 de la Ley Nº 16.060, de 4 de setiembre de 1989, y todas las referencias a comunicaciones al legajo a que refiere dicha ley, con excepción del legajo
para sociedades anónimas abiertas a que refiere el artículo 418 de la
expresada ley, en la redacción dada por el artículo 705 de la Ley Nº
16.170, de 28 de diciembre de 1990, y las comunicaciones al mismo que
determine la reglamentación de la presente ley.
Deróganse, asimismo, todas las disposiciones que directa o indirectamente
se opongan a la presente ley.
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