Fecha de Publicación: 10/10/1997
Página: 69-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Fe de erratas publicada/s: 16/10/1997.

Artículo 18

   (Registro de la Propiedad - Sección Mobiliaria).- Esta Sección comprenderá dos Registros: el Registro Nacional de Vehículos Automotores
y el Registro Nacional de Prendas sin Desplazamiento.
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