MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
El Instituto Nacional de la Juventud y la Junta Nacional de Empleo deberán evaluar cada dos años los resultados que surjan de la aplicación de la presente ley. Los Ministerios de Educación y Cultura y de Trabajo y Seguridad Social remitirán dichos informes a la Asamblea General. - II - CONTRATO DE PRACTICA LABORAL PARA EGRESADOSAyuda