Facúltase al Poder Ejecutivo para disponer, previo informe de la
Contaduría General de la Nación y de la Oficina Nacional del Servicio
Civil, las modificaciones necesarias conducentes a racionalizar las
denominaciones de cargos o contratos de función pública y las de sus
respectivas series, tendiendo a establecer una denominación o
nomenclatura uniforme en las estructuras de las unidades ejecutoras de
los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional y siempre que ello no
ocasione lesión de derechos funcionales.
CAPITULO IV
REDISTRIBUCIONES Y ADECUACIONES