CONSEJO DE MINISTROS
Exonérase del pago del impuesto a los servicios registrales establecido por el artículo 83 del decreto-ley Nº 15.167, de 6 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 437 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, a las operaciones relativas al Sistema Integrado de Acceso a la Vivienda y a los llamados asentamientos irregulares.Ayuda