El Ministerio de Educación y Cultura y el Servicio Oficial de Difusión,
Radiotelevisión y Espectáculos (SODRE) podrán contratar en régimen de
"cachet", solamente artistas, docentes, técnicos en radio, espectáculos,
periodistas en radio y televisión siempre y cuando presten efectivamente
servicios en estas áreas.
Deberá suscribirse un contrato donde se documente las condiciones y el
objeto de la prestación, pudiendo la Administración disponer en cualquier
momento su rescisión.
Dichas contrataciones serán de carácter transitorio y no darán derecho a
adquirir la calidad de funcionario público.
Derógase el artículo 362 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996.