Asígnase al Inciso 16 Poder Judicial una partida anual de $ 15:318.000
(pesos uruguayos quince millones trescientos dieciocho mil), con destino
a contribuir al perfeccionamiento académico de quienes ocupen cargos en
forma exclusiva en el Escalafón I, la que se distribuirá según la
siguiente escala de montos mensuales:
Ministro S.C.J. $ 4.500
Ministro Trib. $ 4.000
Juez Letrado Capital. $ 3.500
Juez Letrado Interior $ 3.000
Juez Paz Departamental Capital $ 2.500
Juez Paz Departamental Interior $ 2.500
Juez Paz Ciudad $ 2.500
Juez Paz 1º Cat. $ 2.000
Juez Paz 2º Cat. $ 2.000
Juez Paz Rural $ 2.000
Las partidas otorgadas no integran la base de cálculo de cualesquiera
equiparaciones y no estarán sujetas a contribuciones especiales a la
seguridad social ni a otro tipo de gravámenes.