Establécese que serán de utilización preceptiva por parte de las
oficinas judiciales aquellos modelos suministrados por la Suprema Corte
de Justicia, referidos a actuaciones de carácter instrumental y de empleo
permanente en la secuencia procesal cumplida en la gestión jurisdiccional
de que se trate, a efectos de alcanzar la uniformidad documental
requerida para la sistematización informática del servicio.
Entiéndese por tales aquellas actuaciones vinculadas a la opción de actos
de mero trámite, actos de comunicación, así como de confección de
oficios.
Los modelos de actuación referidos, elaborados conforme al procedimiento
establecido al respecto en su oportunidad, serán proporcionados por la
Suprema Corte de Justicia en las condiciones y forma que a tal efecto la
misma reglamentará.