Fecha de Publicación: 23/02/2001
Página: 914-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 604

 Autorízase al Poder Ejecutivo a emitir y mantener un tope máximo de 
Letras de Tesorería de US$ 1.250:000.000,00 (un mil doscientos cincuenta 
millones de dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente 
en otras monedas, durante todo el período de vigencia de la presente ley.
Ayuda