La URSEC estará dirigida por una Comisión integrada por tres miembros
designados por el Presidente de la República actuando en Consejo de
Ministros, entre personas que, por sus antecedentes personales,
profesionales y conocimiento en la materia, aseguren independencia de
criterio, eficiencia, objetividad e imparcialidad en su desempeño.
Durarán seis años en el ejercicio de sus cargos, pudiendo ser designados
nuevamente, por igual período.
El presidente de la URSEC tendrá a su cargo la representación del
órgano.