Fecha de Publicación: 14/01/2002
Página: 236-A
Carilla: 8

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 12

 Derógase a partir del 1º de enero de 2006 el monopolio de importación de 
productos refinados derivados del petróleo. Dicha derogación solamente se 
hará efectiva en el caso de dictarse el acto administrativo de 
adjudicación referido en el inciso segundo del artículo 1º de la presente 
ley.
Ayuda