La Oficina Nacional del Servicio Civil procederá a redistribuir al
funcionario excedente teniendo en cuenta:
A) Las necesidades de recursos humanos que le hubieran sido comunicadas.
B) Las tareas desempeñadas en el organismo de origen.
C) El perfil del funcionario.
La Oficina Nacional del Servicio Civil deberá resolver la solicitud de
personal en un plazo máximo de 10 días hábiles, debiendo notificar al
organismo solicitante los datos del funcionario cuyos servicios se
ofrecen o la inexistencia en el Registro del perfil laboral demandado.
En función de los criterios señalados y de la estructura de cargos del
organismo de destino, el o los funcionarios podrán ser ofrecidos para
desempeñarse en un escalafón distinto al de su origen.