CONSEJO DE MINISTROS
Modifícase el inciso primero del artículo 12 de la Ley Nº 16.104, de 23 de enero de 1990, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Al funcionario público que en un período de 12 meses incurra en más de 30 inasistencias o por un período de 24 meses en más de 50 inasistencias, se le instruirá un sumario administrativo".Ayuda