La titularidad, administración y disposición del Seguro para el Control
de la Brucelosis (SCB) corresponderá a una Comisión de Administración
integrada por un delegado del Ministerio de Ganadería, Agricultura y
Pesca y su alterno, un delegado y su correspondiente alterno designado
por la Asociación Rural del Uruguay, Cooperativas Agrarias Federadas,
Comisión Nacional de Fomento Rural, Federación Rural, Asociación Nacional
de Productores de Leche e Intergremial de Productores de Leche.
La Comisión tomará sus resoluciones por mayoría simple. La Presidencia
será rotativa, correspondiendo la primera a quien sus integrantes
designen. Esta Comisión también comunicará quiénes serán los designados
para firmar las erogaciones decididas debiendo, expresamente, a tales
efectos, intervenir el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.