Fecha de Publicación: 27/05/2004
Página: 507-A
Carilla: 13

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Ley 17.774

Dispónese que en los exámenes que comprende el carné de salud de los 
trabajadores que se determinan, se incluirá obligatoriamente la 
extracción de sangre venosa para dosificación de plombemia.
(1.028*R)

                            PODER LEGISLATIVO                             
                                                                          
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del 
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                 DECRETAN                                 

Artículo 1

 En los exámenes que comprende el carné de salud de los trabajadores de 
las ramas que se definen en el Anexo I, se incluirá obligatoriamente la 
extracción de sangre venosa para dosificación de plombemia.
Esta disposición comprende a toda persona, cualquiera sea la vinculación 
jurídica que regule su relación laboral.
Se tendrá particularmente en cuenta la necesidad de fijar valores límites 
diferenciados para los menores de edad, mujeres embarazadas, así como 
para los hombres y mujeres en edad fértil.

BATLLE, MILTON PESCE, DANIEL BORRELLI, WILLIAM EHLERS, ISAAC ALFIE, 
YAMANDU FAU, LEONARDO GUZMAN, LUCIO CACERES, JOSE VILLAR, SANTIAGO PEREZ 
DEL CASTILLO, MARTIN AGUIRREZABALA, JUAN BORDABERRY, SAUL IRURETA.


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