Fecha de Publicación: 27/05/2004
Página: 507-A
Carilla: 13

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 9

 Los establecimientos en los que se cumplan jornadas de trabajo de 
régimen de horario continuo deben disponer o facilitar un local destinado 
a comedor que esté fuera del ambiente donde se trabaja con plomo, se lo 
deposita, se traslada, se almacena el polvo o la "escoria" o donde la 
calidad ambiental ponga en riesgo la salud de los trabajadores. Se 
facilitará, asimismo, un lugar adecuado para que los trabajadores puedan 
cambiar su ropa de trabajo antes de ingerir los alimentos.

                                 ANEXO I                                  
                                                                          
OCUPACIONES Y ACTIVIDADES CON EXPOSICION POTENCIAL AL PLOMO CLASIFICADAS  
                    SEGUN INTENSIDAD DE LA EXPOSICION                     
                                                                          
Exposición alta (actividad de alto riesgo)

Acumuladores, fabricantes de
Alambre, fabricantes de
Alfarería, trabajadores en el vidriado de
Automóviles, reparadores de
Barcos, desmanteladores o desguazadores de
Baterías (acumuladores), fabricantes de
Cerámica, fabricantes de
Combustibles para motores, mezcladores de
Equipos químicos que contienen plomo, fabricantes de
Estearato de plomo, fabricantes de
Galvanizadores
Insecticidas a base de plomo, fabricantes de
Limadores
Masillas con plomo, fabricantes de
Metal de desecho, refinadores de
Metal de desecho, trabajadores de
Metales, refinadores de
Metales, soldadores de
Metales con plomo, trabajadores de planchas de
Metales con plomo, trituradores de
Metales no ferrosos, fundidores de
Pigmentos para pinturas, fabricantes de
Pintores con pistola de aire comprimido
Plásticos (PVC), trabajadores de
Plomo, fabricantes de contrapesos de
Plomo, fabricantes de hojas de
Plomo, fabricantes de pisos de
Plomo, fabricantes de protecciones de
Plomo, fabricantes de sales de
Plomo, fabricantes de tuberías de
Plomo, fundidores de tuberías de
Plomo, moldeadores de
Plomo de baterías, recuperadores y recicladores de
Plomo, soldadores con soldadura de
Plomo, trabajadores de
Plomo, trabajadores de molinos de
Policloruro de vinilo, mezcladores de estabilizadores de
Soldadura, fabricantes de
Tetraetilo de plomo, fabricantes de
Tetrametilo de plomo, fabricantes de
Tipos de imprenta, fundidores de
Tuberías, ajustadores de
Vidrio, mezcladores manuales de masa de

Exposición mediana (actividades con mediano riesgo)

Baldosas, fabricantes de
Bronceadores
Cables, empalmadores de
Cables eléctricos y telefónicos, fabricantes de
Cartuchos, fabricantes de
Central eléctrica, trabajadores en
Colorantes, fabricantes de
Electrogalvanizadores
Electrotipia, trabajadores en
Metales, cortadores de
Metales, pulidores de
Municiones, fabricantes de
Petróleo crudo, trabajadores en refinerías de
Pinturas, fabricantes de
Plomeros
Radiadores de automóviles, reparadores de
Remachadores
Soldadores a soplete
Tapas para botella, fabricantes de
Techadores vidrio, fabricantes de
Vidrio, pulidores de
Vidrio plomado, sopladores de
Zinc, cargadores de hornos de
Zinc, trabajadores de molinos de

Exposición baja (actividad de bajo riesgo)

Barnices, fabricantes de
Calzado, tintoreros de
Caucho, fabricantes de
Caucho, pulidores de
Curtiembre, trabajadores de
Demoliciones, trabajadores de
Empleados en recintos para estacionamiento de vehículos
Esmaltadores
Esmalte, operadores de hornos de
Esmaltes, fabricantes de
Estaño, fabricantes de hojas de
Fundiciones, moldeadores en
Gasolinería, trabajadores de
Hojalateros
Latón, fundidores de
Linotipistas
Litograbadores
Pintores
Ruedas de esmeril, fabricantes de
Taller de reparación de vehículos, trabajadores en
Viruta, trabajadores que la obtienen al labrar metal

El Poder Ejecutivo podrá, por resolución fundada, modificar el presente 
Anexo, incorporando, dando de baja o modificando el nivel de exposición 
de las actividades y ocupaciones en él comprendidas.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 5 de mayo de 
2004. LUIS HIERRO LOPEZ, Presidente; MARIO FARACHIO, Secretario.

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
 MINISTERIO DEL INTERIOR
  MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
   MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
    MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
     MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
      MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
       MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
        MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
         MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
            TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
             MINISTERIO DE DEPORTE Y JUVENTUD

                                            Montevideo, 20 de mayo de 2004
                                                                          
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el 
Registro Nacional de Leyes y Decretos.
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