(Notificación ficta).- Si la notificación se retardare tres días hábiles
por falta de comparecencia del interesado, se tendrá por efectuada, sin
necesidad de constancia alguna en los autos.
Si el día que concurriere el interesado, la actuación no se hallare
disponible, la Oficina Actuaria expedirá constancia en formulario al
efecto, si aquél lo solicitare (artículo 86 del Código General del
Proceso).