MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
(Carácter de los plazos).- 1) Todos los plazos señalados en este Código son perentorios e improrrogables. En casos excepcionales, el Juez podrá suspender su curso fundando la medida y su duración. 2) Para regular su aplicación se atenderá a lo dispuesto por los artículos 92 a 99 del Código General del Proceso.Ayuda