Fecha de Publicación: 14/10/2005
Página: 122-A
Carilla: 6

CONSEJO DE MINISTROS

Ley 17.904

Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal
correspondiente al Ejercicio 2004.
(1.968*R)

                            PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                 DECRETAN

Artículo 1

 Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal
correspondiente al Ejercicio 2004, con un resultado deficitario de:

a)     $ 11.085:214.000 (once mil ochenta y cinco millones doscientos
       catorce mil pesos uruguayos) correspondiente a la ejecución
       presupuestaria y;

b)     $ 23.951:408.000 (veintitrés mil novecientos cincuenta y un
       millones cuatrocientos ocho mil pesos uruguayos) por concepto de
       operaciones extrapresupuestarias, derivadas de la aplicación de
       normas legales.

Apruébanse las partidas a regularizar y los créditos no financiados por
el Estado incluidos en el Balance de Ejecución Presupuestal,
correspondiente a los Ejercicios 2002 y 2003, incorporados a la presente
ley como anexo.

Los importes referidos precedentemente surgen de los estados
demostrativos y auxiliares que acompañan a la presente ley y que forman
parte de la misma.

Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; JOSE DIAZ; REINALDO
GARGANO; DANILO ASTORI; AZUCENA BERRUTTI; FELIPE MICHELINI; VICTOR ROSSI;
JORGE LEPRA; EDUARDO BONOMI; MIGUEL FERNANDEZ GALEANO; JOSE MUJICA;
HECTOR LESCANO; MARIANO ARANA; MARINA ARISMENDI.
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