Fecha de Publicación: 18/10/2005
Página: 162-A
Carilla: 24

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Ley 17.906

Modifícanse determinados artículos de la Ley 17.730 por la cual se creó
el Seguro para el Control de la Brucelosis (SBC).
(2.010*R)

                            PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                 DECRETAN

Artículo 1

 Modifícase el literal B) del artículo 2º de la Ley Nº 17.730, de 31 de
diciembre de 2003, el que quedará redactado de la siguiente forma:

"B) Mediante el aporte como máximo en pesos uruguayos al equivalente de
US$ 0,296 (doscientos noventa y seis milésimos de dólares de los Estados
Unidos de América) cada 1.000 (mil) litros de leche recibidos en las
plantas elaboradoras".

Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; ERNESTO AGAZZI; DANILO
ASTORI.
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